Colégiate

La colegiación garantiza tu ejercicio profesional con respaldo ético, jurídico y asegurador.

Colegiación obligatoria

Es obligatoria la colegiación para el ejercicio de profesiones colegiadas o reguladas (art. 3.2 Ley 2/1974 y DT 4.ª Ley 25/2009). La química, por su trascendencia para la salud, el medio ambiente y la seguridad, requiere control efectivo mediante colegiación, como han confirmado Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo.

Obligatoria también para empleados públicos en el ámbito autonómico (STC 82/2018). Las empresas que contraten químicos, ingenieros químicos, bioquímicos, biotecnólogos o tecnólogos de alimentos deben exigir la colegiación como garantía.

El Colegio garantiza tu ejercicio profesional

Marco institucional de competencia, ética y cumplimiento normativo; formación continua, recursos especializados, red de respaldo, resolución de conflictos y código deontológico que genera confianza ante la sociedad y la Administración.

Requisitos y proceso

Titulaciones habilitantes

  • Química · Ingeniería Química · Bioquímica · Biotecnología
  • Ciencia y Tecnología de los Alimentos · Ciencias del Mar
  • Cualquier titulación universitaria afín a la Química
  • Titulaciones UE equivalentes previa homologación; extracomunitarias con convalidación del Ministerio

Cuotas

ConceptoImporte
Cuota anual110 €
Inscripción (solo primera vez)50 €

Pasos

1
Solicitud. Rellena y envía el boletín de inscripción y la orden de domiciliación (internet, correo o presencial; firma digital si es por email).
2
Documentación. Título compulsado o resguardo de derechos, 2 fotos carné, DNI y CV.
3
Abono. Cuota anual + inscripción.
4
Resolución. Respuesta en una semana (silencio positivo) y alta en aproximadamente otra semana.
Secretaría: 942 22 85 35 (9–14 h) · Calvo Sotelo 19, 4º Santander · colegio@quimicoscantabria.es

Seguro de responsabilidad civil

Dirigido exclusivamente a colegiados/as en activo por cuenta ajena y/o propia. Cubre daños personales y materiales causados involuntariamente por errores u omisiones (art. 1.902 CC), incluidos trabajos anteriores a la contratación.

Obligatorio · incluido en cuota

Seguro de RC profesional incluido en la cuota colegial. Garantía para el profesional y para quienes reciben sus servicios.

Complementario · voluntario

Ampliación de capital de 30.000 € a 600.000 € según necesidad profesional. No incluido en cuota.

¿Listo para dar el paso? Solicita tu inscripción y te acompañamos.